miércoles, 11 de marzo de 2015

No se podrán emitir más facturas impresas desde el 1 de julio.

La AFIP resolvió que en cuatro meses todos los sectores de la economía se pasen al régimen de facturación electrónica; los monotributistas quedarán afuera del cambio.

Los contribuyentes que sean responsables inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) tendrán que utilizar factura electrónica, sistema que comenzará a regir a partir del 1 de julio próximo.
La medida fue adoptada a través de la Resolución General 3.749 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicada hoy en el Boletín Oficial.
Con relación a la Generalización de la Factura Electrónica, el titular del ente recaudador, Ricardo Echegaray, informó que comenzará a regir a partir del 1° de julio de 2015, e indicó que existirá una "ventana" de tiempo entre el 1° de abril y el 31 de mayo para que los contribuyentes o cámaras puedan informar o reportar sus problemas de implementación.
En la apertura de la Jornada de Actualización Fiscal organizada por la Cámara de Comercio de Estados Unidos en Argentina (AMCHAM), Echegaray aclaró que "quedan momentáneamente exceptuados aquellos contribuyentes que cuenten con controladores fiscales", aunque señaló que la AFIP ya desarrolló nuevas herramientas de última generación que se encuentran a la espera de la aprobación del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI).
"Estamos trabajando en función de un sistema ecológico y sin papel, propio de una administración tributaria del siglo XXI", enfatizó Echegaray.
El funcionario precisó que con la Factura Electrónica se eliminan los Regímenes Informativos.
"El nuevo régimen de facturación le permite a la AFIP obtener los datos, en tiempo real. Por eso no serán necesarios de Regímenes de Información", remarcó.
En ese sentido, puntualizó que "Medicina prepaga; colegios privados; transferencias onerosas de obras de arte; locación de inmuebles y locación temporaria de inmuebles con fines turísticos, ya no estarán operativos desde el 1 de julio de 2015, mientras productores de seguros; expensas; prestaciones de modelaje; liquidación primaria: leche, tabaco y pescado; martilleros: subastas y remates; combustibles y transporte de caudales, seguirán hasta el 1° de enero de 2016".
Publicado en Diario "Río Negro" miércoles 11 de marzo de 2015.

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