miércoles, 19 de marzo de 2014

Rechazarían pretensión de grupo de aspirantes a policías en Villa Regina.

El abogado Eves Omar Tejeda, en representación de un grupo de aspirantes de la Escuela de Suboficiales de Villa Regina, presentó un recurso contra la decisión de la jueza Margarita Carrasco, titular del Juzgado de Instrucción Nº 4 de General Roca, por la cual rechazó in limine el amparo, al considerar que no ha sido agotada la vía administrativa.

La acción fue oportunamente interpuesta por un grupo de aspirantes de la Escuela de Suboficiales de Villa Regina, patrocinados por Tejeda, contra la resolución Nº3 “DRHRDO.14” de la Policía de Río Negro (Unidad Regional Segunda) mediante la cual se dispuso desafectarlos por estar incursos en la disposición que establece que la baja se da por “pérdida de aptitudes psicofísicas”, la que se fundó “en un supuesto examen psicológico realizado verbalmente” a cada uno de los afectados.

Indicaron que los afectados cumplieron estrictamente con las exigencias requeridas para realizar el curso correspondiente, aprobando el exámen psicofísico realizado como condición necesaria para ingresar al curso y que se efectuó otro con posterioridad a cargo de un médico psiquiatra, quien concluyó a favor de la aptitud de los mismos para el uso de armas y cumplimiento de órdenes dentro de la institución, lo que se contradice con el informe luego realizado por la Policía de Río Negro, lo que calificaron de falso sin método experimental alguno y con “la sola intención de justificar una ineptitud inexistente para erradicarlos de la aspiración a ingresar a la fuerza policial”.

Al analizar el caso, la procuradora general del Poder Judicial, Silvia Baquero Lazcano, planteó que debe confirmarse la decisión de la jueza.

La funcionaria consideró que “no obstante la escueta fundamentación que propicia el rechazo (por parte de la jueza Carrasco) in limine de la acción intentada, la misma resulta suficiente en si misma ante la evidente falta de uno de los requisitos esenciales de procedencia cual es el agotamiento de la vía administrativa”.

Agregó; “Contrariamente a lo sostenido por los amparistas (los aspirantes a policías) la resolución cuestionada dictada por la subcomisario María Alejandra Zangar, es revisable por las instancias superiores de la Policía de Río Negro (jefe de Policía), agotándose ante la máxima autoridad del Poder Ejecutivo, esto es el gobernador. Nada de lo cual ha sido acreditado en autos”.

Baquero Lazcano sumó que “tampoco se dan en autos ninguno de los extremos necesarios, los que deben ser palmarios, a fin de poder ingresar al estudio de la cuestión suscitada”.

Finalmente, la procuradora indicó que “de creer los presentantes que se encuentran ante la comisión de un delito, deberán acudir por la vía que corresponda, no estando previsto para ello excepcional garantía del amparo. Denuncia penal que, a todo evento, no es óbice para el agotamiento de la vía administrativa ni exime del mismo”. 

Fuente de informción: ADN Río Negro.

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